El Tribunal Supremo mantiene a los sebadales marinos del sur de Tenerife dentro del Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias





El Tribunal Supremo ha frenado el intento de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife de descatalogar la especie marina de la "Cymodocea nodosa", protegida en la costa canaria, para poder construir un puerto en la línea que va desde la Punta de Tanque del Vidrio hasta Punta de los Tarajales. 
El alto tribunal ha confirmado la sentencia de la justicia canaria y ha anulado la Orden de la Consejería de Medio Ambiente que negaba la categoría de especie protegida a esta planta en el litoral de Granadilla de Abona. 
Esta descatalogación se hizo a petición de la Autoridad Portuaria con el objetivo de habilitar la construcción de un nuevo puerto en el hábitat de dicha especie. La sala de lo contencioso-administrativo ha valorado, tal y como hiciera la justicia canaria en 2009, que dicha Orden debe ser anulada y la "Cymodocea nodosa" considerada como especie protegida.
Considera el tribunal que la descatalogación de la especie ha obedecido "a la necesidad de suprimir los obstáculos ambientales que impedían iniciar la construcción de un nuevo puerto en el litoral de Granadilla de Abona, y no a motivos medioambientales", por lo que ha declarado su nulidad.


Nota elaborada por Comunicación de Poder Judicial :



miércoles, 8 de agosto de 2012


El Tribunal Supremo mantiene a los sebadales marinos del sur de Tenerife dentro del Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias
El Alto Tribunal confirma la suspensión cautelar dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias de una Orden del ejecutivo autónomo que excluía a unos sebadales de Granadillas de Abona (Tenerife) del Catálogo de Especies Amenazadas. La sentencia aborda el conflicto entre dos tipos de intereses públicos: la construcción del nuevo puerto de Tenerife y la preservación de las praderas de 'Cymodocea Nodosa'. El Supremo da prevalencia al interés medioambiental, a la espera de la resolución definitiva del recurso.
Autor: Comunicación Poder Judicial

El Tribunal Supremo ha desestimado en una sentencia el recurso de casación interpuesto por la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife y el Gobierno de Canarias contra el auto del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que suspendía cautelarmente una Orden del gobierno autónomo que excluía a los sebadales de una zona de Tenerife del Catálogo de Especies Amenazadas.
 Las praderas marinas formadas por la planta Cymodocea Nodosa son conocidas como sebadales y forman parte del Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias.
Una Orden de la consejería de Medio Ambiente canaria, de 2 de febrero de 2009, excluyó del Catálogo a la población de Cymodocea Nodosa que crece en la superficie marina comprendida entre la línea que va desde la "Punta del Tanque del Vidrio", con dirección SE y la línea que parte desde "Punta de los Tarajales", con dirección SE, en el término municipal de Granadilla de Abona (Tenerife).
La Orden fue recurrida por la Federación Ecologista Ben Magec y Ecologistas en Acción ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias. La Sala de lo Contencioso- Administrativo del TSJ de Canarias acordó la tutela cautelar formulada por esas dos asociaciones, en un auto dictado el 3 de marzo de 2009 que fue recurrido ante el Tribunal Supremo.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo confirma el auto del TSJ de Canarias, en una sentencia fechada el 9 de julio de 2012 (Roj: STS 5380/2012) y que ha tenido como ponente a la magistrada Maria del Pilar Teso Gamella.
Intereses públicos en conflicto
El Tribunal Supremo resuelve que la descatalogación de esa especie protegida obedece a la necesidad de suprimir los obstáculos ambientales que impedían iniciar las obras de construcción de un nuevo puerto en Granadilla de Abona (Tenerife). Una obra pública que amplía la infraestructura portuaria del Puerto de Tenerife, y de la que el Alto Tribunal reconoce su “indudable trascendencia económica para la zona”.
La resolución aborda el conflicto entre dos tipos de intereses públicos: la construcción del nuevo puerto en Tenerife y la preservación de las praderas marinas de Cymodocea Nodosa.
De un lado, el interés que subyace en la construcción de un puerto de interés general “que constituye una infraestructura básica, y que es un elemento vertebrador de la denominada Plataforma Logística del Sur, que prevé la instalación de una planta regasificadora para la reducción de la producción de centrales térmicas de Tenerife y reducir la emisiones de CO2. De manera que no puede desconocerse que estamos no sólo ante el interés general de carácter económico, sino que también incluye un interés medioambiental sobre la mejora de la política energética”.
Y de otro lado, “se encuentra la protección medioambiental que ha de preservar la indicada especie, Cymodocea Nodosa, que consiste en praderas marinas, pradera de fanerógamas, también denominadas sebadales. Esta especie ejerce una función ecológica relevante en aspectos relativos al transporte de oxígeno, el consumo de CO2 y la transferencia de nutrientes de otros niveles de la red trófica submaria, como señala el informe del Servicio de Biodiversidad”.
En el contraste y valoración de ambos intereses públicos, medio ambiental y económico, el Tribunal Supremo falla que ha de dar prevalencia al primero, "porque si no se suspende el acto de exclusión del catálogo de especies protegidas, el resultado es, en todo caso, irremediable, pues la construcción del puerto comportaría la destrucción de ese sebadal. Mientras que si se suspende dicha descatalogación, como ha sucedido, tan sólo debe esperarse a la resolución del recurso, en su caso, para iniciar o continuar con las obras del puerto”.
El auto impugnado también declaró que el interés económico que subyace para la construcción del puerto, de "trascendencia socioeconómica", no puede desconocer "el interés que subyace en la protección del medio ambiente unido al patrimonio cultural y a la biodiversidad" (razonamiento quinto " in fine "). “Lo que unido a la abundancia de alegaciones, más de trescientas, presentadas en periodo de información pública, que se manifiestan en contra de la descatalogación realizada por la orden cuya ejecutividad se suspende, conducen a la Sala a ratificar la suspensión”, sostiene el Tribunal Supremo.
El Alto Tribunal considera “evidente” la conexión directa entre la descalificación de la especie y la realización del puerto en Granadilla de Abona. Sin embargo resuelve que “no pueden mezclarse, a los efectos ahora considerados de la fijación de la cautela, los perjuicios que se producirían de paralizarse la obra pública en el correspondiente procedimiento, de los que estrictamente se derivan de la descatalogación de la especie en esa zona que es el acto impugnado en el recurso contencioso administrativo”.



Fuente:

Poder Judicial  http://www.poderjudicial.es/portal/site/cgpj/menuitem.0cb0942ae6fbda1c1ef62232dc432ea0/?vgnextoid=df63b78c7d409310VgnVCM1000006f48ac0aRCRD&vgnextch

Enlace a la sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de 9 de julio de 2912 Roj: STS 5380/2012 sobre el recurso de casación 1213/2010.


Tras la sentencia del Tribunal Supremo, la OAG (Observatorio Ambiental Granadilla) descarta paralizar las obras del Puerto de Granadilla.(noticia completa).http://www.canariasahora.com/noticia/229206/
La OAG está patrocinada por el Ministerio de Fomento y cuenta con representación de la Autoridad Portuaria, las universidades canarias y el Ejecutivo autónomo.

Ante la noticia de la sentencia del Tribunal Supremo  desde SOS OCÉANOS queremos manifestar la paralización inmediata de las obras y que se respete el fallo del Tribunal  que mantiene los sebadales dentro del catálogo de especies amenazadas.